Spain -- History -- Napoleonic Conquest, 1808-1813
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Spain -- History -- Napoleonic Conquest, 1808-1813
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- Authentische Darstellung der Begebenheiten in Spanien von dem Ausbruch der Unruhen zu Aranjuez bis zum Schluss der Junta von Bayonne
- Carta de un Español europeo establecido en America accidentalmente, a un amigo suyo residente en Cádiz
- Catecismo publico, para la instruccion de los neofitos, o recien convertidos al gremio de la sociedad patriótica
- Circular No. 301. : Debiendo esta completo el numero de individuos de los ayuntamientos respectivos de todos los pueblos con residencia en ellos, los alcaldes y regidores constitucionales no podrán ausentarse sin mi licencia por escrito, con causa justa y por tiempo limitado
- Circular No. : Habiendo recibido las reales ordenes correspondientes para la publicacion y juramento de la constitucion politica de la monarquia española, sancionada por las Cortes generales y extraordinarias de la nacion
- Coleccion de poesias. : Que se han podido juntar escojiendo las que han parecido mas dignas de darse á la prensa. no. 1-39
- Contestacion del excmo. señor capitan general de Provincia, gobernador de esta Plaza de Cadiz, a un oficio que le pasó el Real Tribunal del Consulado. : Por el oficio de V. Ss., con fecha de ayer quedo enterado de que han representado á la Suprema Junta, .
- De la révolution actuelle de l'Espagne, : et de ses suites;
- Don Fernando VII. por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia provisional del reyno, nombrada por las Córtes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Córtes han decretado que sigue: : "las Córtes generales y extraordinarias, queriendo que el nûmero de individuos de que deben componerse los ayuntamientos respectivos de todos los pueblos de la monarquia se halle siempre completo, y con el fin de disipar las dudas que pueden suscitarse sobre el modo de reemplazar las vacantes que ocurran, decretan
- Don Fernando VII. por la gracia de Dios, y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la ragencia del reyno, nombrada por las Córtes generales y extraordinarias, à todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Córtes han decretado lo siguiente: : "las Córtes generales y extraordinarias, no queriendo privar à los regidores y demas individuos de los antiguos ayuntamientos, que hayan cesado ó cesaren en virtud de la formacion de los nuevos que establece la constitucion
- Don Fernando VII. por la gracia de Dios, y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno, nombrada por las Córtes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: que las Córtes han decretado lo sigue: : Las Còrtes generales y extraordinarias han tenido á bien decretar lo siguiente: 1o. Los Franceses, y los naturales de los paises sujetos à Napoleon, transeuntes, deben salir del reyno
- El Sr. secretario de estado y del despacho de gracia y justicia, me ha participado lo que sigue. La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto siguiente: : Don Fernando VII. por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: Que las Córtes han decretado que lo sigue. "Las Cortes generales y extraordinarias en conformidad al articulo 185 de la constitucion política de la monarquía decretan: 1o. La regencia del reyno entregará el gobierno del mismo al rey que ántes haya sido reconocido por las Córtes por Príncipe de Asturias en el momento que cumpla diez y ocho años
- El capitan general de la Isla de Puerto Rico a todos los vecinos y habitantes de ella
- El muy ilustre-ayuntamiento y diputados de esta capital ha reasumido en si la suprema autoridad por consentimiento del mismo pueblo, y de las demas potestades anteriormente constituidas por necesaria consequencia de las ultimas noticias desgraciadas que han venido de España. .
- El rey D. Fernando VII0. : Y en su ausencia y cautividad el Consejo de Regencia de España é Indias, autorizado internamente por las Córtes generales y extraordinarias--de mi real orden, comunicó en once del corriente D. José Antonio de Larrumbide, secretario interino de estado del despacho de gracia y justicia, à mi Consejo de las Indias el decreto, que en tres del mismo, expidieron las Córtes generales y extraordinarias, del tenor siguiente--las Córtes generales y extraordinarias, descendo aliviar, en quanto sea posible, la suerte de nuestros prisioneros, sus familias, viudas y demas personas que hayan padecido en la presente guerra, y habiendo exâminado la consulta que el Consejo de España é Indias hizo
- El señor secretario de estado y del despacho de gracia y justicia me ha comunicado con fecha de 10. de este mes lo que sigue: : "Con fecha de 30 de marzo ultimo me dicen los secretarios de la Cortes lo siguiente:--Excmo. señor.--Hemos dado cuenta à las Còrtes generales y extraordinarias de la consulta que á nombre de la regencia del reyno nos dirigiò V. E. en 3 de enero último, relativa à si en todos los casos en que S. M. decrete haber lugar á la formacion de causa por infracciones de la constitucion
- El señor secretario de estado y del despacho de gracia y justicia me ha comunicado lo que sigue : La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto que sigue. Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente "las Cortes generales y extraordinarias, con el fin de proteger el derecho de propiedad que tienen todo los autores sobre sus escritos, y deseando que estos no queden algun dia sepultados en el olvido, en perjuicio de la ilustracion y literatura, nacional, decretan
- El señor secretario de estado y del despacho de gracia y justicia me ha participado lo que sigue. La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto que sigue: : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente: "las Cortes generales y extraordinarias teniendo presente de quanta importancia es al bien general de la nacion que las Cortes usen con acierto de la quarta facultad que se los concede por la constitucion politica de la monarquia, decretan
- El señor secretario de estado y del despacho de gracia y justicia me ha participado lo que sigue. La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto que sigue: : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Còrtes generales y extraordinarias, á todos los que presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente: las Còrtes generales y extraordinarias, deseando que se cumpla puntualmente su soberana resolucion de 12 de marzo de 1811, en que se mandó que los impresores remitan dos exemplares de todas las obras y papeles que se impriman para colocarlos en el archivo y biblioteca de la mismas
- El señor secretario de estado y del despacho de gracia y justicia me ha participado lo que sigue. La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto siguiente: : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Còrtes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente: "las Córtes generales y extraordinarias, deseando prevenir todos los casos acerca de lás competencias de jurisdicion en todo el territorio de la monarquia
- Estado que presenta la comision à la junta preparatoria, demonstrativo del numero de electores parroquiales que corresponden á la poblacion de la isla de San Juan de Puerto Rico, con expresion de los partidos en que se divide en conformidad de lo acordado por la misma junta, consequente á la letra de los articulos 50. 60. y 70. de la instrucion [sic] respectiva, como unica probincia que debe nombrar un solo diputado de Cortes y otro suplente con arreglo al censo ultimo de la misma poblacion, al articulo 40. de la propia instruccion y à la constitucion politica de la monarquia española
- Exposicion de los hechos y maquinaciones que han preparado la usurpacion de la corona de España
- Exposicion de los hechos y maquinaciones que han preparado la usurpacion de la corona de España, y los medios que el emperador de los franceses ha puesto en obra para realizarla.
- Exposição dos factos, e maquinações, com que se preparou a usurpação da coroa de Hespanha, : e dos meios que o imperador dos francezes tem posto em pratica para realizalla
- Gobierno pronto, y reformas necesarias
- Habiendo ocurrido á la regencia, el diputado en Córtes por Macacaybo D. José Domingo Rus, solicitando entre otras cosas, se libertase absolutamente de derechos de extraccion è introducion à toda clase de utenslios, herramientos, maquinas, y demas artefactos para la agricultura è industria, que se llevasen à aquella provincia
- Habiendo pedido carios individuos de los ayuntamientos aclaracion à la circular numero 303 que previene su residencia precisa en los pueblos, que en donde no los hay cada uno vive en su hacienda á estancias
- La junta gubernativa dé Caracas á las autorida des constituidas de todos los pueblos de Venezuela. : Una mutacion politica que por la paz y la unanimidad que la caracterizan hace honor à la humanidad en general, y al pueblo de Caracas en particular, lo ha libertado de los males que le amenazaban, separandolo de la orilla del precipicio á donde lo iban á sumergir el despotismo de sus antiguos xefes, y la extraña presuncion de ese nuevo é ilegitimo tribunal de regencia que ellos querian hacer reconocer. .
- La prensa periódica en España durante la guerra de la Independencia, 1808-1814; : apuntes bibliograficos
- La regencia del reyno se ha servido dirigir al señor secretario de estado y del despacho de la gobernacion de la peninsula el decreto que sigue : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: que las Córtes han decretado lo siguiente: "Queriendo las Córtes generales y extraordinarias proteger el derecho de propiedad, y que con la reparacion de los agravios que ha sufrido logren al mismo tiempo mayor fomento la agricultura y gandería por medio de una justa libertad en sus especulaciones, y por la derogacion de algunas practicas introducidas en perjuicio suyo, decretan
- La regencia del reyno se ha servido dirigir al señor secretario de estado y del despacho de la gobernacion de la peninsula el decreto que sigue : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: que las Córtes han decretado lo siguiente: "las Gortes [sic] generales y extraordinarias, con el justo objecto de remover las trabas que hasta ahora han entorpecido el progreso de la industria, decretan
- La regencia del reyno se ha servido dirigir al señor secretario de estado y del despacho de la gobernacion de la peninsula el decreto que sigue. : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Cortes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente: las Cortes generales y extraordinarias, para resolver las dudas que se han propuesto por varias autoridades encargadas respectivamente del gobierno economico-politico de la provincias, han tenido à bien decretar las reglas siguientes: Primera. Las personas que por reglamento substituyan à los intendentes en sus destinos, haran las veces de estos en las diputaciones provinciales; pero no podran presidirlas
- La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto que sigue: : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Còrtes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente: "las Còrtes generales y extraordinarias, decretan por punto general: que los jueces letrados de primera instancía y los abogados particulares tengen iguales asientos y consideracion que los magistrados de los tribunales, quando concurran con ellos para dirimir discordias, ó sentenciar causas en revista, à falta de ministros, ocupando el lugar despues del mas moderno de estos
- La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto que siguientes: : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Còrtes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente: "las Còrtes generales y extraordinarias, deseando arreglar la concesion de cartas de naturaleza y de ciudadano à las disposiciones que establece la constitucion de la monarquia, han venido en decretar y decretan
- La regencia del reyno se ha servido dirigirme el decreto siguiente: : Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la regencia del reyno nombrada por las Còrtes generales y extraordinarias, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las Córtes han decretado lo siguiente: las Córtes generales y extraordinarias, deseosas de conservar en todo su lustre, entre los oficiales españoles de los exèrcitos y Armada, el pundonor militar y el pátriotismo que tanto los distingue y de que tiene dadas tan relevantes pruebas
- La regencia provisional del reyno se ha servido dirigirme el decreto siguiente. : Don Fernando VII. por la gracia de Dios, y por la constitucion de la monarquia española, rey de las Españas, y en su ausencia y cautividad la ragencia provisional del reyno, nombrada por las Córtes generales y extraordinarias, à todos los que las presentes vieren y entendieren, sabeb: que las Córtes han decretado lo que sigue. "Las Córtes generales y extraordinarias, que en su decreto de 17 de agosto de 1811 se propusieron abrir la carrera del honor y de la gloria à los hijos de las familias honradas de la monarquia, .
- Leales y generosos caciquez [sic] gobernadores, alcaldes, justicias principales, y demas naturales del reyno. sabed:
- Les Français en Espagne; : souvenirs des Guerres de la Péninsule, 1808-1814,
- Memorias de D. Antonio Alcalá Galiano, : publicadas por su hijo
- Memorias secretas de la princesa del Brasil, : actual reina viuda de Portugal, la señora doña Carlota Joaquina de Borbon;
- Memorias. : Publícalas Juana Maria de Vega, condesa de Espoz y Mina
- Mémoires et correspondance politique et militaire du roi Joseph; : publiés, annotés et mis en ordre,
- Mémoires historiques sur la révolution d'Espagne;
- Noticia de las devotas rogativas con que la Ciudad de Lima imploró el auxilio divino en las actuales circunstancias de la monarquía;
- Oracion funebre
- Plan propuesto a todas las juntas que se formaron en España con motivo de los sucesos acaecidos en Bayona con nuestro amadísimo monarca Fernando VII. : Sobre una Junta Suprema Central que reasuma en sí todo el alto gobierno de la Nación.
- Proclama. : Habitantes de la Isla de Cuba, hijos dignos de la generosa nacion española
- Proclama. : Pueblo de Veracruz, nobilisima ciudad consolaos: cesen ya vuestros temores, inquietudes, y sobresaltos. Una serie admirable de sucesos extraordinarios han reunido a vuestros votos y clamores los de toda esta fidelísima América septentrional.
- Proyecto comprehensivo de todas las ocupaciones y trabajos à que ha de aplicarse la junta preparatoria para facilitar y arreglar las elecciones parroquiales, de partido y de provincia de la isla de San Juan de Puerto-Rico, precedentes á la diputados de Cortes y à la de diputacion provincial, formado con presencia de la respectiva instruccion, decretos de 23 de mayo ultimo, y constitucion politica de la monarquia española, y presentado á la misma junta por su comision que al efecto nombro en la sesion del dia 11 del corriente mes
- Publicaciones del Congreso Histórico Internacional de la Guerra de la Independencia y su Época 1807-1815. : Celebrado en Zaragoza durante los días 14 a 20 octubre de 1908
- Reimpresion de papeles pùblicos ùltimamente recibidos sobre la guerra actual de España y Francia
- Relacion de las fiestas y actos literarios con que los estudiantes de la Real y Pontificia Universidad de Guatemala han celebrado la proclamacion del señor don Fernando VII. : la feliz instalacion de la Junta central, y los sucesos gloriosos de las armas españolas en la actual guerra contra Napoleon I
- Relacion descriptiva de la funcion de jura del señor Don Fernando VII. celebrada en la ciudad de Valladolid de Michoacan los dias 24 25 y 26 de Agosto de 1808. : A porfia se apresura cada qual à espresarse en esta jura, á donde el rey està á jurarle homenage el Pueblo vá, y aunque tiempo de ira de placer insano, el rey viva, vocéa, muera el tirano
- Representacion de la Junta Superior del Reyno de Murcia, dirigida á la Suprema Junta Central. : "Señor: Costumbre fue del antiguo pueblo romano dar gracias á Júpiter Stator, padre de la ciudad y protector de la fortuna de sus vecinos, no solo por los triunfos conseguidos de los enemigos, sino por todo género de pacificacion en las disensiones domésticas. .
- Representacion que hizo nuestro soberano el señor D. Fernando VII. á su padre el señor D. Carlos IV. en octubre de 1807
- Sermon. Que en la accion de gracias que el comercio de la Ciudad de Guatemala tributò a Maria Santisima por haber libertado ambas Españas, europea y americana de las asechanzas y tirania de Napoleon,
- Sin embargo de que por la adjunta instruccion circular ó proyecto, y cartas respectivas que se dirigen á los alcaldes de la villas, y tenientes á guerra de toda la isla, se dan quantas luces pudieran necesitarse para proceder sin tropiezo, al nombramiento de los electores parroquiales, y de partido, de que trata la constitucion politica de la monarquia española; : para mas facilitar la execucion de tan interesantes operaciones, y que haya en ellas la claridad y buen metodo que corresponde, sin salir del espiritu de dicha constitucion, la comision nombrada por la junta preparatoria ha juzgado conveniente disponer un formulatorio de acta, á que deberan arreglarse las villas, y partidos de la isla, por ser adaptable à todos, observandose cuidadosamente el orden numerico que en el citado formulario se advierte, y notas marginales à que cada se refiere; y es como sigue
- Vindicación de los agravios infundados, injustos y groseros con que el capitán général D. Gregorio de la Cuesta ha intentado manchar la reputación del teniente général y virei de Nueva-España D. Francisco Xavier Venègas, en su manifesto impreso en Palma de Mallorca en 1811
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